Bruselas, 04 Marzo de 2020. - ECSAHARAUI
Redacción Lehbib Abdelhay/ECS
Los abogados del Estado español afincados en Bruselas respaldan a Marruecos en el Tribunal de Justicia Europeo, TJUE, respecto al acuerdo de asociación UE-Maruecos que incluye el territorio del Sáhara Occidental. La diplomacia española respalda con discreción a Marruecos. Prueba de ello es, por ejemplo, que abogados del Estado español hacen causa común con los que defienden los intereses marroquíes en los procedimientos judiciales en curso en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En este sentido, el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) ha dictaminado, en tres ocasiones, que el Sáhara Occidental es un territorio separado y distinto que no puede incluirse en los acuerdos UE-Marruecos, a menos que el pueblo del Sáhara Occidental dé su consentimiento de forma explícita y clara.
Los jueces españoles que integran los abogados del Estado español en Bruselas deberán pronunciarse sobre la inclusión del Sáhara Occidental y de sus aguas en los tratados de asociación y pesca en vigor entre la UE y Marruecos.
Durante más de 40 años, Marruecos se ha beneficiado de los recursos naturales del territorio y sin el consentimiento del pueblo saharaui.
Durante décadas, la UE no solo ha ignorado el conflicto, sino que también lo ha alimentado a través de acuerdos que sólo benefician a Marruecos, al tiempo que se limita a prestar atención a los esfuerzos de resolución del conflicto emprendidos por la ONU.
Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de diciembre de 2016, la Unión Europea y el Reino de Marruecos cerraron un acuerdo sobre la modificación de los Protocolos 1 y 4 del Acuerdo Euromediterráneo original que establece una asociación entre las dos partes, que entró en vigor el 19 Julio 2019.
La decisión sobre la conclusión de esta enmienda está actualmente sujeta a procedimientos ante el Tribunal General (asunto T-279/19 Front Polisario / Consejo). A la espera de la sentencia del Tribunal, la Comisión no está en condiciones de comentar más detalladamente sobre la interpretación o la aplicación del acuerdo modificado.
Las autoridades de los Estados miembros son, dentro de la interpretación vinculante dada por el Tribunal, responsables de garantizar el cumplimiento de la legislación de la UE relacionada con la comercialización de productos alimenticios y la información que debe proporcionarse a los consumidores.
Redacción Lehbib Abdelhay/ECS
Los abogados del Estado español afincados en Bruselas respaldan a Marruecos en el Tribunal de Justicia Europeo, TJUE, respecto al acuerdo de asociación UE-Maruecos que incluye el territorio del Sáhara Occidental. La diplomacia española respalda con discreción a Marruecos. Prueba de ello es, por ejemplo, que abogados del Estado español hacen causa común con los que defienden los intereses marroquíes en los procedimientos judiciales en curso en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En este sentido, el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) ha dictaminado, en tres ocasiones, que el Sáhara Occidental es un territorio separado y distinto que no puede incluirse en los acuerdos UE-Marruecos, a menos que el pueblo del Sáhara Occidental dé su consentimiento de forma explícita y clara.
Los jueces españoles que integran los abogados del Estado español en Bruselas deberán pronunciarse sobre la inclusión del Sáhara Occidental y de sus aguas en los tratados de asociación y pesca en vigor entre la UE y Marruecos.
Durante más de 40 años, Marruecos se ha beneficiado de los recursos naturales del territorio y sin el consentimiento del pueblo saharaui.
Durante décadas, la UE no solo ha ignorado el conflicto, sino que también lo ha alimentado a través de acuerdos que sólo benefician a Marruecos, al tiempo que se limita a prestar atención a los esfuerzos de resolución del conflicto emprendidos por la ONU.
Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de diciembre de 2016, la Unión Europea y el Reino de Marruecos cerraron un acuerdo sobre la modificación de los Protocolos 1 y 4 del Acuerdo Euromediterráneo original que establece una asociación entre las dos partes, que entró en vigor el 19 Julio 2019.
La decisión sobre la conclusión de esta enmienda está actualmente sujeta a procedimientos ante el Tribunal General (asunto T-279/19 Front Polisario / Consejo). A la espera de la sentencia del Tribunal, la Comisión no está en condiciones de comentar más detalladamente sobre la interpretación o la aplicación del acuerdo modificado.
Las autoridades de los Estados miembros son, dentro de la interpretación vinculante dada por el Tribunal, responsables de garantizar el cumplimiento de la legislación de la UE relacionada con la comercialización de productos alimenticios y la información que debe proporcionarse a los consumidores.
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