🔴 Comunicado oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores de la RASD.


ECS. Bir Lehlu. | El Ministerio de Relaciones Exteriores saharaui confirmó que la República Saharaui se une a la de los estados miembros de la Unión Africana que rechazan la decisión del Presidente de la Comisión de la Unión Africana, Moussa Faki Mahamat, de aceptar a Israel como nuevo miembro observador de la Unión Africana, pidiendo la necesidad de incluir este asunto en el orden del día del Consejo Ejecutivo de la Unión para abordarlo con carácter prioritario debido a los efectos de gran alcance que tiene jurídica y políticamente sobre la Unión Africana, sus políticas y posiciones sobre temas regionales e internacionales.

En una declaración emitida hoy, el Ministerio de Relaciones Exteriores declaró: "No hace falta decir que el comportamiento agresivo del estado en cuestión, su continua ocupación ilegal de territorios palestinos y árabes, el desplazamiento del pueblo palestino y el despojo de sus tierras, así como sus documentadas violaciones de los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados, no son en absoluto compatibles con el espíritu, los objetivos y los principios del Acta Constitutiva de la Unión Africana'' aseveró el comunicado. 

A continuación, el comunicado íntegro: 

La República Árabe Saharaui Democrática tomó nota de la decisión recientemente emitida por el Presidente de la Comisión de la Unión Africana de aceptar la acreditación de un nuevo estado observador ante la Unión Africana.

La República Saharaui recuerda la Resolución EX.CL/195 (VII) sobre “Criterios para otorgar la condición de observador y el sistema de acreditación dentro de la Unión Africana” adoptada por la Séptima Sesión Ordinaria del Consejo Ejecutivo y aprobada por la Quinta Sesión Ordinaria de la Asamblea de la Unión Africana, que se celebró en Sirte, Libia, los días 1, 2, 4 y 5 de julio de 2005. 

La República Saharaui recuerda en particular las disposiciones de la Resolución EX.CL/195 (VII) sobre “Criterios para la acreditación de Estados no africanos, integración regional y organizaciones internacionales” que establece que “los fines y objetivos de los Estados u organizaciones no africanos que desean ser acreditados ante la Unión Africana, deben ser compatibles con el espíritu, los objetivos y los principios del Acta Constitutiva de la Unión Africana ”(Sección II, Párrafo 1).

La RASD también observa que, de conformidad con la resolución EX.CL/195 (VII), "el Presidente de la [Comisión de la Unión Africana]" "considerará las solicitudes de los Estados u organizaciones no africanos que deseen acreditarse a la Unión Africana" sobre la base de los principios y objetivos del Acta Constitutiva y las decisiones pertinentes emitidas por los órganos de la Unión Africana, ”y“ teniendo debidamente en cuenta el interés superior de la Unión y las opiniones y preocupaciones conocidas de los Estados miembros ”(Parte II, Sección II, Párrafos 1-3).

En vista de las consideraciones anteriores, la RASD cree que la decisión tomada por el Presidente de la Comisión de la Unión Africana de aceptar la acreditación de un nuevo Estado observador en la Unión Africana, fue adoptada sin tener en cuenta el interés supremo de la Unión y los puntos de vista y preocupaciones de sus estados miembros. Por lo tanto, varios estados miembros de la Unión Africana expresaron su oposición a la decisión, teniendo en cuenta que la Unión Africana había considerado y rechazado la solicitud del país en cuestión en 2013, 2015 y 2016.

Huelga decir que el comportamiento agresivo del estado en cuestión, su continua ocupación ilegal de territorios palestinos y árabes, el desplazamiento del pueblo palestino y el despojo de sus tierras, así como sus documentadas violaciones de los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados, no son en absoluto compatibles con el espíritu, los objetivos y los principios del Acta Constitutiva de la Unión Africana''

La resolución también contraviene la letra y el espíritu de las decisiones tomadas por la Unión Africana sobre Palestina, incluida la Resolución de la Asamblea / AU / Decl.1 (XXXIV) adoptada por la Asamblea de la Unión Africana en su período de sesiones celebrado virtualmente del 6 al 7 Febrero de 2021, que expresó el inquebrantable apoyo de la Unión Africana al derecho inalienable, permanente e incondicional del pueblo palestino a la libre autodeterminación, incluido su derecho a vivir en libertad, justicia y dignidad, así como el derecho a un Estado de Palestina independiente con Jerusalén Este como capital.

La República Saharaui suma su voz a todos los Estados Miembros de la Unión Africana para registrar su objeción a la decisión del Presidente de la Comisión de la Unión Africana de aceptar la acreditación de un nuevo estado observador en la Unión Africana y solicita la necesidad de incluir este asunto en el orden del día del Consejo Ejecutivo de la Unión para abordarlo con carácter prioritario debido a los efectos de gran alcance que tiene jurídica y políticamente sobre la Unión Africana, sus políticas y posiciones sobre temas regionales e internacionales.

El texto de esta declaración se comunicará a la Comisión de la Unión Africana y otros órganos políticos pertinentes de la Unión Africana.

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