Otra victoria legal saharaui. La Corte Africana destaca que el derecho a la autodeterminación e independencia del pueblo saharaui es una realidad jurídica indiscutible


El Tribunal Africano de Derechos Humanos y de los Pueblos dictó hoy una sentencia histórica relacionada con la ocupación de partes de la República Saharaui y el ingreso de Marruecos en la Unión Africana. 

ECSAHARAUI 

Arusha (Tanzania. ECS).- Otra victoria legal saharaui. La Corte Africana destaca que el derecho a la autodeterminación e independencia del pueblo saharaui es una realidad jurídica indiscutible, y los países africanos son responsables del cumplimiento de este derecho así como su implementación

Esta tarde, la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos emitió un fallo que confirma lo siguiente:

El histórico fallo afirmó que el derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación constituye una ley vinculante para todos los países y es considerada una de las normas imperativas del derecho internacional que no puede ser violada. Aclarando sin lugar a dudas la responsabilidad de los estados miembros de la Carta Africana de Derechos Humanos y de todos los estados miembros de la Unión Africana de hacer todo lo que ayude al pueblo saharaui en la consecución de su autodeterminación. Asimismo destacó que Marruecos es una potencia ocupante y que la cuestión del Sáhara Occidental es una estricta cuestión de descolonización de acuerdo con el derecho internacional.

Desmonta la falsedad de las afirmaciones de Marruecos de que la Resolución 693 de la Cumbre de Nouakchott remitió el tema del Sáhara Occidental a las Naciones Unidas, explicando que nada en la Resolución 693 de la Cumbre se entiende como un impedimento para que los órganos de la Unión Africana discutan el conflicto del Sáhara Occidental. La  Corte afirmó que el Consejo de Paz y Seguridad discutir y decidir sobre el tema, que estipula mantener bajo su consideración el conflicto del Sáhara Occidental, lo que refuta lo alegado por parte de la ocupación marroquí y sus aliados.

Concluyó afirmando que los ocho países no probaron su responsabilidad en la violación de los derechos del pueblo saharaui a la autodeterminación y el resto de los derechos presuntamente violados por el denunciante.

Conclusiones:

1 - El fallo sentará un importante precedente judicial africano. Aunque reafirma todas las referencias legales conocidas en el caso del Sáhara Occidental, especialmente la opinión de la Corte Internacional de Justicia de 1975 y las decisiones de la Corte de Justicia Europea, y la última opinión consultiva de la Corte de Justicia Europea emitida el 27 de febrero de 2018, así como todas las decisiones pertinentes de la Unión Africana y las Naciones Unidas considerando el caso como un caso de descolonización y que el derecho a la autodeterminación es un derecho sagrado en el derecho internacional.

2- Esta sentencia constituirá un importante principio legal para el seguimiento de los países africanos que tomen cualquier acción que contradiga y apoye el derecho inalienable del pueblo saharaui a la autodeterminación e independencia.

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